La investigación sobre la anterior Comisión Permanente del Congreso Nacional pone a prueba algo más que la responsabilidad de quienes lo dirigieron. También examina la capacidad de las instituciones hondureñas para exigir cuentas sin convertir el procedimiento en un castigo anticipado. Quienes ejercieron el poder deben responder por sus decisiones. Las autoridades encargadas de investigarlas tienen, a su vez, la obligación de justificar sus actuaciones y respetar las garantías de los investigados. De esa doble exigencia depende que un proceso contribuya a fortalecer la democracia y no debilitarla.
La conversación de este miércoles en +conscientes mostró la dificultad de mantener ambas exigencias dentro de una discusión profundamente polarizada. El abogado Omar Menjivar, integrante del equipo de defensa de miembros de la anterior Comisión Permanente, denunció obstáculos para conocer el expediente. Patricia Bourdeth situó la investigación dentro de una trayectoria de decisiones que, a su juicio, erosionaron los límites del poder legislativo. Sus intervenciones permitieron reconocer dos dimensiones del problema: las condiciones en que se investiga y las actuaciones que deben esclarecerse.
Menjivar precisó que representa a Silvia Ayala, Juan Barahona, Karen Martínez y Carlos Raudales. Según explicó, sus defendidos fueron convocados por el Ministerio Público sin que se les permitiera conocer suficientemente los hechos por los cuales estaban siendo investigados. Relató solicitudes de acceso al expediente y negativas que llevaron a la defensa a recurrir a la justicia constitucional. Esa es la versión de una de las partes y corresponde contrastarla con las actuaciones y explicaciones de las autoridades. Su contenido, sin embargo, plantea una cuestión que merece atención pública.
La posibilidad de defenderse exige conocer aquello frente a lo cual debe ejercerse la defensa. El alcance y el momento de ese acceso forman parte de la controversia que deberán resolver las autoridades competentes. La discusión pierde claridad cuando se presenta toda solicitud de garantías como una maniobra para eludir responsabilidades, o cuando se interpreta cualquier diligencia investigativa como prueba de persecución. Ninguna de esas conclusiones puede sustituir el examen de lo ocurrido.
En ese contexto deben entenderse los recursos de amparo. Su admisión abre una vía para examinar el reclamo; por sí misma no resuelve la controversia ni determina la responsabilidad de los beneficiarios. La distinción importa porque, en el debate público, una decisión procesal suele convertirse rápidamente en una victoria definitiva o en una absolución que nadie ha dictado.
La entrevista del programa de este 30 de septiembre dejó además un asunto que requiere contraste. Menjivar sostuvo que la decisión legislativa vinculada con los acontecimientos del 8 de enero fue “adoptada por el pleno” y cuestionó que la investigación se dirigiera contra integrantes de la Comisión Permanente. Sin embargo, la integración de aquella sesión fue parte de la controversia desde el comienzo. Las crónicas de la jornada recogieron denuncias de diputados opositores sobre restricciones de acceso al Congreso; medios de comunicacion reportaron que la seguridad del Congreso les impedía ingresar al hemiciclo siguiendo ordenes de la presidencia del legislativo. Esa circunstancia impide explicar su ausencia únicamente como una decisión de “no participar.”
La sesión del 8 de enero se desarrolló con diputados propietarios y suplentes de Libre y la participación de la liberal Mireya Guillén, según la cobertura de la prensa nacional. La presencia de suplentes exige precisar a quiénes sustituyeron y cómo se acreditó su participación, especialmente porque la existencia de cuórum válido fue cuestionada públicamente. Invocar una decisión del pleno deja pendiente demostrar cómo se constituyó ese pleno y en qué condiciones pudieron ejercer sus funciones los representantes que quedaron fuera.
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También debe esclarecerse el papel de la Comisión Permanente antes de la votación. El informe presentado por Ramón Barrios durante aquella sesión provenía de esa instancia y justificaba que el Congreso interviniera en el escrutinio electoral. La reconstrucción debe abarcar, por tanto, la preparación de la decisión, la convocatoria, el acceso al recinto, la integración de la sesión y la votación. Distinguir esas actuaciones permitirá examinar el argumento de la defensa e identificar responsabilidades individuales, sin atribuirlas automáticamente a todos los integrantes de un órgano ni diluirlas bajo el nombre del pleno.
Bourdeth recordó las controversias sobre su conducción, el funcionamiento de la Comisión Permanente y las decisiones que profundizaron la confrontación institucional. Su lectura fue severa: los acontecimientos de enero constituían, en su interpretación, la culminación de una manera de ejercer el poder.
Esa dimensión política merece discutirse. El Congreso es el espacio donde la representación ciudadana debe traducirse en deliberación, decisiones públicas y controles sobre las autoridades. Cuando sus procedimientos se vuelven instrumentos para imponer resultados, excluir adversarios o ampliar facultades sin suficiente justificación, el deterioro alcanza a la institución. Una mayoría tiene capacidad para decidir, pero debe explicar cómo decide y dentro de qué límites actúa.
El juicio ciudadano sobre esa trayectoria puede ser más amplio que el objeto de una investigación penal. Los ciudadanos pueden cuestionar una gestión por su opacidad, su arbitrariedad o su incapacidad para construir acuerdos. Un expediente debe establecer hechos concretos y determinar responsabilidades conforme a las normas aplicables. Mantener esa diferencia permite exigir cuentas con mayor rigor. También evita que una crítica política, por contundente que sea, se utilice como sustituto de la prueba.
El caso de Melvin Cevallos introduce otra dimensión de la crisis: la presión ejercida sobre el funcionamiento de las instituciones electorales. El proceso relacionado con los acontecimientos del 7 de julio de 2025, frente al Consejo Nacional Electoral, exige esclarecer su actuación durante la recepción de ofertas para el sistema de transmisión de resultados preliminares. La discusión debe concentrarse en las conductas atribuidas, las pruebas y las responsabilidades que puedan establecerse.
Sus declaraciones públicas y su papel como dirigente de colectivos forman parte del contexto político. Sin embargo, la notoriedad de una persona o el rechazo que provoque su discurso no bastan para explicar un proceso judicial. Durante el programa insistí en regresar a los hechos investigados. La libertad de expresión y la protesta requieren protección; las actuaciones que puedan impedir el funcionamiento de una institución deben examinarse de manera específica.
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Los episodios de julio y enero permiten observar distintos momentos de la confrontación electoral que sufrimos el pasado proceso del 30 de noviembre. Establecer una coordinación entre sus protagonistas requiere, sin embargo, evidencia adicional. La cercanía partidaria y la coincidencia de intereses ofrecen líneas de investigación que deben profundizarse, pero una reconstrucción responsable debe identificar decisiones, comunicaciones e instrucciones antes de afirmar la existencia de una operación conjunta. Ese será el reto de esta investigación.
El mismo rigor corresponde aplicar a la denuncia de persecución política que alegan integrantes del partido Libre. Menjivar presentó su lectura de un contexto de hostilidad hacia Libre y mencionó otros procesos para sostener que existía un trato desigual para los militantes de su partido. Son señalamientos que también deben examinarse mediante comparaciones precisas: qué resolvieron las autoridades, bajo qué circunstancias y con qué fundamentos. La condición de ser opositor no demuestra que una investigación sea ilegítima. Tampoco permite descartar que el aparato estatal pueda utilizarse de manera selectiva, como también vimos que se usó durante la administración de Johel Zelaya frente al Ministerio Público.
Hubo un punto de encuentro significativo entre los invitados en el programa de este día: Bourdeth reconoció la legitimidad del reclamo de los investigados de acceso al expediente de investigación. Ese reconocimiento ofrece una base para una discusión menos dominada por las lealtades partidarias. Es posible cuestionar con firmeza la gestión del anterior Congreso presidido por Luis Redondo y exigir, a la vez, que sus integrantes cuenten con una defensa efectiva. Ambas posiciones responden a una misma preocupación por los límites del poder.
La responsabilidad alcanza también a quienes hoy gobiernan y conducen el Legislativo. Los procedimientos de votación, la publicidad de las decisiones y la posibilidad de identificar cómo actúa cada representante siguen siendo asuntos pendientes de escrutinio. El cambio de autoridades adquiere valor institucional cuando mejora las condiciones para vigilar al poder, incluidas las condiciones para vigilar a quienes prometieron corregirlo.
Investigar lo ocurrido debe permitir conocer responsabilidades y prevenir nuevas arbitrariedades. Si todo termina en el desplazamiento de unos actores por otros, permanecerán disponibles los mecanismos que hicieron posible el conflicto.
Quienes ayer dirigieron instituciones deben responder hoy por sus actuaciones. Quienes hoy tienen facultades para investigar, acusar o juzgar deben aceptar que esas facultades también están sujetas a control. La prueba democrática consiste en sostener ambas obligaciones cuando afectan a los aliados y cuando protegen a los adversarios. Solo así la exigencia de cuentas puede convertirse en una regla duradera de la vida pública.
